La Secretaria de Educación del Estado de Morelos, de conformidad con los Artículos 5, 8 Fracciones IV,XIV y XIX, 10 Fracción V, 13, Fracción III, 21, Fracción I, 23, 24, 68, 69, Fracciones I, IV y VI, 71, 73, 74 y 79 y Vigésimo Primero Transitorio de la Ley General del Servicio Profesional Docente, y demás disposiciones aplicables.
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